LA INFLUENCIA DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL MARCO DE LA EPIDEMIA COVID-19

  • Maria Teresa Heredero Campo Abogada

Resumo

Resumen

El legislador va legislando conforme van surgiendo las necesidades; es el momento presente y la propia sociedad a través de su demanda, lo que va marcando el camino y le va proporcionando las claves sobre qué materias legislar y qué aspectos es necesario que la norma desarrolle mayormente. Las sociedades contemporáneas intentan, con mayor o menor acierto, adaptarse a los cambios que se están produciendo, tanto aquellos que quedan reflejados en las costumbres y hábitos diarios, como en los que están relacionados con la generación, difusión y uso de la información y del conocimiento.  La sociedad actual, consume y maneja un volumen desmedido de información y de datos, muchas veces sin valorar la veracidad de la misma o analizar la fuente de la que proviene, sin reparar en la importancia que tienen los datos que en un momento determinado facilita y mucho menos pensar en las consecuencias que puede conllevar para su intimidad por ejemplo un mal uso de los mismos. Cuestiones que, pese a estar a la orden del día, ya han sido motivo de preocupación. Un hecho que queda constatado en una jurisprudencia cada vez más prolija. Muestra de ello, como tendremos ocasión de señalar más adelante, es por ejemplo la SAN de 6 de abril de 2018, que a propósito de los problemas que se suscitan en torno a las historias clínicas, pone de manifiesto la importancia que merece la defensa del derecho a la protección de datos personales y la necesidad de recabar de una forma adecuada el consentimiento. En estos tiempos de pandemia, es importante buscar un enfoque adecuado y conocer algunos aspectos fundamentales del reseñado derecho a la protección de datos, partiendo de conceptos tan sumamente importantes como son: el de dato de carácter personal o el propio consentimiento. Además, el desarrollo de este derecho, tan cuestionado últimamente por el uso de las aplicaciones COVID[1], en cuanto a las posibles afectaciones a la intimidad o a la imagen[2], o cualquiera de las polémicas que se están suscitando en torno a la protección de datos en la gestión del coronavirus, casi nos obliga a tener que pensar en sus límites. A tal respecto, debemos tener presente que muchas de las respuestas a las preguntas que se están suscitando en torno a los problemas relacionados con las prácticas actuales, se encuentran en las bases legitimadoras en el tratamiento de datos. En el presente estudio concluyo, que pese a la suma importancia que tienen algunos derechos de la personalidad entre los que se incluyen la intimidad, el honor o la propia imagen, y entre los cuales se encuentra el derecho a la protección de datos, el derecho que mayor protección merece es el derecho a la vida. No olvidemos que la función del Derecho es servir a la persona a quien debe atribuirse la razón de la existencia del mismo.

Palabras Clave

Derecho y Nuevas Tecnologías; Protección de Datos; Derechos Fundamentales; Derechos de la Personalidad; Protección de Datos; Derecho a la intimidad; Derecho al honor; Derecho a la imagen; Reglamento General de Protección de Datos (RGPD); Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDyGDD); COVID-19 (Coronavirus).

 

[1] Para situarnos en las polémicas suscitadas, sirvan a modo de ejemplo los siguientes enlaces a noticias relacionadas con la situación actual:

"Radar Covid, la ‘polémica’ app que protege tus datos", Big Data magazine, 15/09/2020. https://bigdatamagazine.es/radar-covid-la-polemica-app-que-protege-tus-datos (último acceso: 21/10/2020).

"Coronavirus y protección de datos cuando el interés publico se impone a la privacidad", Heraldo.es, 28/07/2020, https://www.heraldo.es/noticias/aragon/2020/07/28/coronavirus-y-proteccion-de-datos-cuando-el-interes-publico-se-impone-a-la-privacidad-1388168.html (último acceso: 21/10/2020). "El gran debate de la privacidad en tiempos del coronavirus: qué está en juego realmente al dar nuestros datos para combatir la pandemia", Xataka.com, 02/04/2020, https://www.xataka.com/privacidad/gran-debate-privacidad-tiempos-coronavirus-que-esta-juego-realmente-al-dar-nuestros-datos-para-combatir-pandemia (último acceso: 21/10/2020).

[2] Pensemos por ejemplo en las nuevas problemáticas suscitadas en torno a la decisión de algunas empresas de grabar las reuniones en teletrabajo, cuestión controvertida porque puede ser tomada como un uso excesivo del tratamiento de datos, dado que, en mi opinión, la grabación no es necesaria para el normal desarrollo de la reunión y de ser presencial no quedaría grabada.

 

DOI: https://doi.org/10.46294/ulplr-rdulp.v14i4.7472

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Biografia Autor

Maria Teresa Heredero Campo, Abogada

Abogada y Doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca.

Publicado
2021-02-08